Disposición adicional quinta. De los servicios de prevención, extinción de incendios y salvamento.
Disposición adicional quinta de la Ley 4/2024, de 28 de junio, del Sistema de Protección Civil y Gestión de Emergencias de Aragón. · BOE-A-2024-15350
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-07-12.
Texto consolidado
En el plazo máximo de 24 meses, el Gobierno de Aragón establecerá reglamentariamente las zonas de intervención y la organización mínima de los servicios de prevención, extinción de incendios y salvamento, de acuerdo a lo establecido en el capítulo V del título II.