Disposición adicional quinta. Creación de unidades judiciales.
Disposición adicional quinta de la Ley 3/2020, de 18 de septiembre, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia. · BOE-A-2020-10923
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-09-20.
Texto consolidado
El Gobierno, previa negociación con las Comunidades Autónomas en materia de Justicia, promoverá la creación de al menos cien nuevas unidades judiciales en un plazo de tres años, de las cuales al menos un tercio se crearán en el primer año, con la finalidad de adecuar la planta judicial a las necesidades derivadas de la crisis provocada por la COVID-19 y de garantizar a la ciudadanía la efectividad de la protección judicial de sus derechos. Para ello, el Gobierno dotará las partidas y transferencias presupuestarias necesarias y suficientes.
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