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Ley Vigente

Disposición adicional quinta. Información a la Comisión Europea y a la Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación sobre dificultades de las entidades aseguradoras o reaseguradoras españolas.

Disposición adicional quinta de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras. · BOE-A-2015-7897

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-01-01.

Texto consolidado

La Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones informará a la Comisión Europea y a la Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación de las dificultades de carácter general que encuentren las entidades aseguradoras o reaseguradoras españolas para establecerse y ejercer su actividad en un tercer país.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2016-01-01.

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