Disposición adicional quinta.
Disposición adicional quinta de la Ley 18/1999, de 29 de abril, reguladora de los Consejos de Atención a la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-1999-17591
Atención: Ley 18/1999 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
A iniciativa del titular de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, dentro de los tres meses siguientes a la entrada en vigor de la presente Ley, se constituirá el Consejo de Atención a la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad de Madrid.