Disposición adicional quinta. Reproducción de normativa estatal.
Disposición adicional quinta de la Ley 11/2011, de 5 de diciembre, por la que se regula el uso de la lengua de signos española y los medios de apoyo a la comunicación oral de las personas sordas, con discapacidad auditiva y con sordoceguera en Andalucía. · BOE-A-2011-20375
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-01-15.
Texto consolidado
Los artículos 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 15 y 16 reproducen, en parte, normas dictadas por el Estado, al amparo del artículo 149.1.1.º de la Constitución Española y recogidas en la Ley 27/2007, de 23 de octubre, por la que se reconocen las lenguas de signos españolas y se regulan los medios de apoyo a la comunicación oral de las personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas.
Más artículos de Ley 11/2011
- ← Disposición adicional cuarta. Sistema arbitral.
- → Disposición final primera. Desarrollo normativo y ejecución.
- Ver la norma completa: Ley 11/2011, de 5 de diciembre, por la que se regula el uso de la lengua de signos española y los medios de apoyo a la comunicación oral de las personas sordas, con discapacidad auditiva y con sordoceguera en Andalucía.