Disposición adicional quinta.
Disposición adicional quinta de la Ley 11/1997, de 2 de diciembre, de regulación del sector eléctrico canario. · BOE-A-1998-1461
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-06-18.
Texto consolidado
(Anulada)
Se declara inconstitucional y nula la redacción dada por el art. 16 de la Ley 2/2002, de 27 de marzo, por Sentencia del TC 123/2013, de 23 de mayo. Ref. BOE-A-2013-6653
Se levanta la suspensión de la vigencia y aplicación, por Auto del TC de 10 de diciembre de 2002. Ref. BOE-A-2002-25045
Se suspende la vigencia y aplicación de este artículo en la redacción dada por el art. 16 de la Ley 2/2002, de 27 de marzo, desde el 8 de julio de 2002 para las partes en el proceso y desde el 30 de julio de 2002 para los terceros, por Providencia del TC de 16 de julio de 2002 que admite a trámite el Recurso de inconstitucionalidad 4244/2002, Ref. BOE-A-2002-15336
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 5 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2013-6653.