Disposición adicional quinta. Uso de la denominación Escuela de Policía de Cataluña.
Disposición adicional quinta de la Ley 10/2007, de 30 de julio, del Instituto de Seguridad Pública de Cataluña. · BOE-A-2007-15546
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-09-04.
Texto consolidado
El Instituto de Seguridad Pública de Cataluña puede utilizar la denominación Escuela de Policía de Cataluña en las actividades formativas que tengan como destinatarios los cuerpos de policía, los vigilantes y los auxiliares de la policía local de Cataluña.
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