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Decreto Legislativo Vigente

Disposición adicional quinta. Registro de centros docentes de educación superior.

Disposición adicional quinta del Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades. · BOJA-b-2013-90010

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-01-12.

Texto consolidado

Los centros docentes de educación superior radicados en la Comunidad Autónoma de Andalucía se inscribirán, a efectos informativos, en un Registro público dependiente de la Consejería competente en materia de Universidades, de acuerdo con el procedi­miento y las condiciones que se establezcan reglamenta­riamente, debiendo asegurar la disponibilidad de información útil desde la perspectiva de género.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2013-01-12.

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