Disposición adicional quincuagésima segunda. Actualización de la cuantía de la prestación económica establecida por la Ley 3/2005, de 18 de marzo.
Disposición adicional quincuagésima segunda de la Ley 42/2006, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2007. · BOE-A-2006-22865
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-01-18.
Texto consolidado
A partir del 1 de enero de 2007, la cuantía de las prestaciones económicas reconocidas al amparo de la Ley 3/2005, de 18 de marzo, a los ciudadanos de origen español desplazados al extranjero, durante su minoría de edad, como consecuencia de la Guerra Civil, y que desarrollaron la mayor parte de su vida fuera del territorio nacional ascenderá, en cómputo anual, a la diferencia entre 6.586,40 euros y el importe anual que perciba cada beneficiario por las pensiones a que se refieren los apartados a), b) y c) del artículo 2 de la Ley 3/2005, o a la diferencia entre 6.586,40 euros y las rentas o ingresos anuales que perciban los beneficiarios a que se refiere el apartado d) del artículo 2 de la Ley 3/2005.
Más artículos de Ley 42/2006
- ← Disposición adicional quincuagésima primera. Indemnizaciones por fallecimiento y gran invalidez de participantes en o…
- → Disposición adicional quincuagésima tercera. Fondo de Garantía del Pago de Alimentos.
- Ver la norma completa: Ley 42/2006, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2007.