Disposición adicional primera.
Disposición adicional primera del Real Decreto-ley 15/1997, de 5 de septiembre, por el que se modifica la Ley 5/1996, de 10 de enero, de Creación de Determinadas Entidades de Derecho Público. · BOE-A-1997-19424
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1997-09-06.
Texto consolidado
La Sociedad Estatal de Participaciones Industriales se subroga en la posición jurídica de la Agencia Industrial del Estado en cuantas relaciones jurídicas sea parte la misma, especialmente, en lo relativo a los contratos del personal que, a la entrada en vigor del presente Real Decreto-ley, presten servicios en la Agencia Industrial del Estado.
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