Disposición adicional primera. Necesidades de recursos humanos.
Disposición adicional primera del Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación. · BOE-A-2013-10949
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-10-20.
Texto consolidado
La aplicación de este reglamento no implicará ningún incremento de gasto para las Administraciones públicas competentes. Las nuevas necesidades de recursos humanos que, en su caso, pudieren surgir como consecuencia de las obligaciones normativas contempladas en este reglamento, deberán ser atendidas mediante la reordenación o redistribución de efectivos.
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