El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Derogada

Disposición adicional primera. Protección de datos de carácter personal.

Disposición adicional primera del Real Decreto 747/2008, de 9 de mayo, por el que se establece el Reglamento del régimen sancionador en materia de pesca marítima en aguas exteriores. · BOE-A-2008-9156

Atención: Real Decreto 747/2008 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. El tratamiento de los datos relativos a los procedimientos sancionadores a los que se refiere el presente reglamento está sometido a lo dispuesto en Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal y sus normas de desarrollo.

2. Dichos datos podrán ser objeto de cesión a los órganos de la Administración General del Estado que hubieran de tener acceso a los mismos en el ámbito de sus competencias. Igualmente, podrán ser comunicados a los órganos de las Comunidades Europeas, en los términos previstos en las normas comunitarias que resulten de aplicación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2008-06-17.

Más artículos de Real Decreto 747/2008

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 747/2008 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.