Disposición adicional primera. Funcionarios de la Carrera Diplomática destinados en el Servicio Europeo de Acción Exterior.
Disposición adicional primera del Real Decreto 638/2014, de 25 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Carrera Diplomática. · BOE-A-2014-7970
Atención: Real Decreto 638/2014 está anulada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. A todos los efectos previstos en este Reglamento, los puestos de Jefe de Delegación y Representante especial de la Unión Europea desempeñados por funcionarios de la Carrera Diplomática se equiparan a las Jefaturas de Misión del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación.
2. A todos los efectos previstos en este Reglamento, los puestos directivos en el Servicio Europeo de Acción Exterior desempeñados por funcionarios de la Carrera Diplomática se equiparan a los puestos directivos en el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación.