Disposición adicional primera. Normativa aplicable.
Disposición adicional primera del Real Decreto 628/2014, de 18 de julio, por el que se regulan las peculiaridades del régimen de autorizaciones para conducir vehículos pertenecientes a las Fuerzas Armadas y a la Guardia Civil. · BOE-A-2014-8276
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-02-01.
Texto consolidado
La conducción y circulación de los vehículos de las Fuerzas Armadas y de la Guardia Civil se regirá, en aquellos aspectos no regulados en el presente real decreto, por lo dispuesto en el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial y por la normativa que lo desarrolla, así como por su reglamentación específica en los aspectos exclusivamente militares, y por lo establecido en los convenios y tratados internacionales que le sean de aplicación.
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