Disposición adicional primera. Listas de espera en el ámbito territorial de Ceuta y Melilla.
Disposición adicional primera del Real Decreto 605/2003, de 23 de mayo, por el que se establecen medidas para el tratamiento homogéneo de la información sobre las listas de espera en el Sistema Nacional de Salud. · BOE-A-2003-11266
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-06-06.
Texto consolidado
En el ámbito territorial de las Ciudades de Ceuta y Melilla las referencias que este real decreto efectúa a las comunidades autónomas se entenderán hechas al Ministerio de Sanidad y Consumo.
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