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Real Decreto Vigente

Disposición adicional primera. Concurrencia de procesos electorales y consultas populares.

Disposición adicional primera del Real Decreto 422/2011, de 25 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento sobre las condiciones básicas para la participación de las personas con discapacidad en la vida política y en los procesos electorales. · BOE-A-2011-5714

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-04-19.

Texto consolidado

En el supuesto de que se celebren de manera concurrente procesos electorales o consultas populares cuya gestión competa a la Administración General del Estado y uno o varios procesos electorales o consultas populares cuya gestión corresponda a las Administraciones autonómicas, ambas administraciones públicas colaborarán para garantizar que las condiciones básicas para la participación de las personas con discapacidad en los procesos electorales y consultas populares se cumplan de manera homogénea, eficaz y eficiente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-04-19.

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