Disposición adicional primera. Modificación normativa.
Disposición adicional primera del Real Decreto 385/1996, de 1 de marzo, por el que se establece el régimen retributivo e indemnizatorio del desempeño de las funciones de jurado. · BOE-A-1996-5931
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1996-03-15.
Texto consolidado
Se añade un nuevo apartado al artículo 4 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el artículo 1 del Real Decreto 1841/1991, de 30 de diciembre, con el siguiente contenido:
«Ocho. Tendrán la consideración de dietas exceptuadas de gravamen las cantidades percibidas por los candidatos a jurado y por los jurados titulares y suplentes como consecuencia del cumplimiento de sus funciones.»
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