El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Disposición adicional primera. Admisión de alumnos en los centros que imparten enseñanzas de régimen especial y en los centros de educación de personas adultas.

Disposición adicional primera del Real Decreto 1635/2009, de 30 de octubre, por el que se regulan la admisión de los alumnos en centros públicos y privados concertados, los requisitos que han de cumplir los centros que impartan el primer ciclo de la educación infantil y la atención al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación. · BOE-A-2009-17431

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-11-04.

Texto consolidado

1. La admisión en los centros públicos y privados concertados para cursar los distintos grados de las enseñanzas artísticas previstos en el capítulo VI del título I de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, se regirá por las normas específicas que, de acuerdo con lo dispuesto en la citada ley, regulen el currículo, los criterios de ingreso y las pruebas de acceso a cada una de las enseñanzas.

2. La admisión de alumnos para cursar las enseñanzas deportivas en centros públicos y privados concertados así como la admisión en las escuelas oficiales de idiomas y en centros de educación de personas adultas se regirá por la normativa específica que al efecto establezca el Ministerio de Educación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2009-11-04.

Más artículos de Real Decreto 1635/2009

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 1635/2009 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.