Disposición adicional primera. Deberes de facturación en otros ámbitos.
Disposición adicional primera del Real Decreto 1496/2003, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, y se modifica el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido. · BOE-A-2003-21845
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-12-19.
Texto consolidado
Lo dispuesto en este reglamento ha de entenderse sin perjuicio de cuantos otros deberes sean además exigidos en cuanto a la expedición y entrega de factura por parte de los empresarios y profesionales en el ámbito mercantil, del régimen de sus actividades profesionales o a efectos de la defensa de los consumidores y usuarios.
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