Disposición adicional primera. Relación con órganos del Ministerio de la Presidencia.
Disposición adicional primera del Real Decreto 1370/2008, de 1 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica de la Presidencia del Gobierno. · BOE-A-2008-15366
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-09-23.
Texto consolidado
La Subsecretaría de la Presidencia, como órgano directivo del departamento en el que se integran los servicios comunes, ejercerá las competencias propias de dichos servicios en el área de la Presidencia del Gobierno, en coordinación con la Secretaría General de la Presidencia del Gobierno.
Más artículos de Real Decreto 1370/2008
- ← Artículo 10. Alto Representante para la Presidencia Española de la Unión Europea en asuntos relacionados con la Defensa.
- → Disposición adicional segunda. Suplencia de los titulares de los órganos directivos.
- Ver la norma completa: Real Decreto 1370/2008, de 1 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica de la Presidencia del Gobierno.