Artículo 10. Alto Representante para la Presidencia Española de la Unión Europea en asuntos relacionados con la Defensa.
Artículo 10 del Real Decreto 1370/2008, de 1 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica de la Presidencia del Gobierno. · BOE-A-2008-15366
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-09-23.
Texto consolidado
Bajo la coordinación del Director del Gabinete de la Presidencia del Gobierno y, en su caso, del Secretario General, se crea un Alto Representante para la Presidencia Española de la Unión Europea en asuntos relacionados con la Defensa.
Sus funciones serán las de asesorar al Presidente del Gobierno, preparar, seguir, coordinar e impulsar las actuaciones de los distintos departamentos ministeriales necesarias para la organización y desarrollo de la Presidencia Española de la Unión Europea en asuntos relacionados con la Defensa, y facilitar la coordinación en la materia con las organizaciones internacionales y los estados miembros de la Unión Europea.
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