Artículo 9. Alto Representante para la Presidencia Española de la Unión Europea y otras reuniones de alto nivel.
Artículo 9 del Real Decreto 1370/2008, de 1 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica de la Presidencia del Gobierno. · BOE-A-2008-15366
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-09-23.
Texto consolidado
Bajo la coordinación del Secretario General de la Presidencia del Gobierno y, en su caso, del Director del Gabinete, existirá un embajador en misión especial que actúa como Alto Representante para la Presidencia Española de la Unión Europea y otras reuniones de alto nivel.
El Alto Representante ejercerá las funciones de preparación, coordinación, seguimiento e impulso necesarias para la organización y el desarrollo de estos acontecimientos.
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