Disposición adicional primera. Retribuciones en la Comunidad Foral de Navarra.
Disposición adicional primera del Real Decreto 1146/2006, de 6 de octubre, por el que se regula la relación laboral especial de residencia para la formación de especialistas en Ciencias de la Salud. · BOE-A-2006-17498
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-10-08.
Texto consolidado
A efectos de lo dispuesto en el artículo 7.1.a) de este real decreto, en la Comunidad Foral de Navarra se tomará como referencia del sueldo base el establecido en el artículo 42.1.a) de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los Servicios de Salud, sin considerar a estos efectos lo previsto en la disposición adicional primera de dicha norma.
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