Disposición adicional primera. Acceso a las escuelas oficiales de idiomas.
Disposición adicional primera del Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, por el que se regulan los «diplomas de español como lengua extranjera (DELE)». · BOE-A-2002-21672
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-03-13.
Texto consolidado
Los diplomas de español nivel A2 y nivel B1 darán derecho, respectivamente, al acceso al nivel Intermedio y al nivel Avanzado de las enseñanzas de régimen especial de español como lengua extranjera de las escuelas oficiales de idiomas.
El diploma de español nivel B2 dará derecho al acceso a los cursos especializados de español como lengua extranjera de los niveles C1 y C2 que organicen las escuelas oficiales de idiomas.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2008-4727.
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