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Real Decreto Vigente

Disposición adicional primera. Recogida de RAEE domésticos que implique un riesgo sanitario o de seguridad.

Disposición adicional primera del Real Decreto 110/2015, de 20 de febrero, sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos. · BOE-A-2015-1762

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-02-22.

Texto consolidado

Cuando la devolución o recogida de RAEE domésticos presente un riesgo sanitario o de seguridad para las personas por la contaminación de estos residuos, podrá rechazarse su devolución o recogida. En estos casos el último poseedor de los residuos será el responsable de que se gestionen correctamente y de que se les aplique la normativa que corresponda.

En caso de residuos con riesgo sanitario cuyo último poseedor sea una instalación sanitaria, dicha instalación realizará un proceso de esterilización previo a su entrega a un gestor autorizado para su adecuado tratamiento. Una vez esterilizados, estos residuos quedarán sometidos al régimen general de gestión de residuos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-02-22.

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