Disposición adicional primera. Tratamiento informático de los expedientes.
Disposición adicional primera de la Orden HFP/147/2022, de 2 de marzo, sobre documentación y tramitación de expedientes de modificaciones presupuestarias y de autorizaciones para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros. · BOE-A-2022-3409
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-03-05.
Texto consolidado
Los modelos que sirvan de soporte a los acuerdos de aprobación de las modificaciones presupuestarias a que se refiere esta orden se obtendrán por medios informáticos, a través de la aplicación informática habilitada al efecto, dependiente de la Dirección General de Presupuestos.
Más artículos de Orden HFP/147/2022
- ← Artículo 12. Iniciación y tramitación de los expedientes de modificación del volumen de endeudamiento.
- → Disposición adicional segunda. Situaciones especiales.
- Ver la norma completa: Orden HFP/147/2022, de 2 de marzo, sobre documentación y tramitación de expedientes de modificaciones presupuestarias y de autorizaciones para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros.