Disposición adicional primera. Aplicación supletoria en materia de contratación.
Disposición adicional primera de la Orden HAP/800/2014, de 9 de mayo, por la que se establecen normas específicas sobre sistemas de identificación y autenticación por medios electrónicos con la Agencia Estatal de Administración Tributaria. · BOE-A-2014-5209
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-06-05.
Texto consolidado
La identificación y autenticación de los ciudadanos y Administraciones Públicas, en las actuaciones y procedimientos en materia de contratación con el sector público llevados a cabo por la Agencia Tributaria, se regirá por lo previsto con carácter especial en las normas de contratación con el sector público y, supletoriamente, por lo previsto en la presente orden ministerial.
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