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Orden Derogada

Disposición adicional primera. Título habilitante de Renfe Viajeros, S.A.

Disposición adicional primera de la Orden FOM/1977/2015, de 29 de septiembre, sobre el procedimiento de licitación para el otorgamiento del título habilitante para la realización del transporte ferroviario de viajeros previsto en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 13 de junio de 2014, por el que se determina el número y vigencia de títulos habilitantes para la prestación de servicios de transporte ferroviario de viajeros en régimen de concurrencia en determinadas líneas y tramos de la Red Ferroviaria de Interés General. · BOE-A-2015-10481

Atención: Orden FOM/1977/2015 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Renfe Viajeros, S.A. dispondrá de un título habilitante para operar en el corredor Levante, de acuerdo con lo establecido en la disposición transitoria tercera de la Ley del Sector Ferroviario, quedando sometida a las mismas condiciones establecidas en los artículos 12 y 14 de esta orden.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-09-30.

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