Disposición adicional primera. Fundaciones vinculadas a los partidos políticos.
Disposición adicional primera de la Ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco. · BOE-A-2016-6088
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-06-14.
Texto consolidado
Las fundaciones vinculadas a los partidos políticos se regirán por esta ley, con las especialidades derivadas del sistema de financiación previsto legal y presupuestariamente.