Disposición adicional primera. Recursos provenientes de acuerdos con otras administraciones.
Disposición adicional primera de la Ley 8/2007, de 13 de junio, de Policía de Galicia. · BOE-A-2007-13827
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-07-12.
Texto consolidado
En la Ley de presupuestos de la Comunidad Autónoma de Galicia figurarán los recursos económicos provenientes de los acuerdos con otras administraciones para el desarrollo, por parte de la Policía de Galicia, de las funciones y servicios que viniesen desarrollando o fuesen competencia de aquéllas.