Disposición adicional primera. Programas de intercambio y aprovechamiento didáctico y educativo.
Disposición adicional primera de la Ley 7/2021, de 17 de febrero, de museos y otros centros museísticos de Galicia. · BOE-A-2021-5138
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-03-17.
Texto consolidado
La Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, a través de las consejerías competentes en materia de centros museísticos y de educación, promoverá los programas de intercambio y aprovechamiento didáctico y educativo de los centros museísticos de su titularidad o gestión y de los restantes centros integrados en el Sistema gallego de centros museísticos.