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Ley Vigente

Disposición adicional primera. Red Balear de Áreas Marinas Protegidas.

Disposición adicional primera de la Ley 6/2013, de 7 de noviembre, de pesca marítima, marisqueo y acuicultura en las Illes Balears. · BOE-A-2013-12688

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-12-03.

Texto consolidado

Integran la Red Balear de Áreas Marinas Protegidas:

1. Como mínimo, las reservas marinas siguientes:

– Del Nord de Menorca.

– De los Freus d’Eivissa i Formentera.

– De la Badia de Palma.

– De Migjorn de Mallorca.

– De las Illes Malgrats.

– De la Illa del Toro.

– Del Llevant de Mallorca.

2. Como mínimo, los ámbitos marinos de los espacios naturales protegidos siguientes:

– Parque Nacional Marítimo-terrestre de Cabrera.

– Las reservas naturales de Es Vedrà, Es Vedranell y los islotes de Ponent.

– El parque natural de S’Albufera des Grau.

– El parque natural de Ses Salines d’Eivissa i Formentera.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2013-12-03.

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