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Ley Derogada

Disposición adicional primera.

Disposición adicional primera de la Ley 6/2003, de 22 de diciembre, de Estatuto de las Personas Consumidoras y Usuarias. · BOE-A-2011-18549

Atención: Ley 6/2003 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Las entidades públicas tienen un plazo de un año desde la entrada en vigor de la ley para dar cumplimiento a lo establecido en su artículo 38.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2003-12-31.

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