Disposición adicional primera. Solapamiento en un mismo lugar de distintas figuras de espacios protegidos.
Disposición adicional primera de la Ley 5/2019, de 2 de agosto, del patrimonio natural y de la biodiversidad de Galicia. · BOE-A-2019-13519
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-08-27.
Texto consolidado
Si se solapan en un mismo lugar distintas figuras de espacios protegidos, sus normas reguladoras y los mecanismos de planificación deberán ser coordinados para unificarse en un único documento integrado, con el objeto de que los diferentes regímenes aplicables en función de cada categoría conformen un todo coherente. Constituyen una excepción a lo anterior los supuestos en que las distintas figuras de espacios protegidos correspondan a diferentes administraciones públicas, sin perjuicio de la colaboración interadministrativa pertinente.