Disposición adicional primera. Especificidades en materia de contratación y en el ámbito tributario.
Disposición adicional primera de la Ley 5/2014, de 20 de octubre, de administración electrónica y simplificación administrativa. · BOE-A-2014-12334
Atención: Ley 5/2014 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La presente ley se aplicará a los procedimientos en materia tributaria y de contratación pública en lo que no se oponga a lo dispuesto en sus normas especiales.
Los órganos de contratación de la Administración general garantizarán que todas las comunicaciones e intercambios de información, y en particular la presentación electrónica de ofertas, se llevan a cabo utilizando medios de comunicación electrónicos, informáticos y telemáticos, en el marco de las directivas europeas y de la legislación estatal.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2018-1917.