Artículo 35. Directrices de técnica normativa.
Artículo 35 de la Ley 5/2014, de 20 de octubre, de administración electrónica y simplificación administrativa. · BOE-A-2014-12334
Atención: Ley 5/2014 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. En el proceso de perfeccionamiento continuo de la calidad de las normas se elaborarán directrices de técnica normativa cuyo contenido será aprobado mediante Acuerdo de Consejo de Gobierno. Se fomentará la elaboración de textos refundidos y se adoptarán medidas que tiendan a reducir el número y la dispersión de las disposiciones normativas.
2. En la elaboración de las normas se procurará que el lenguaje administrativo sea claro, sencillo y fácilmente comprensible para el ciudadano, y que esté orientado a la fluidez de las relaciones de este con la Administración.