Disposición adicional primera. Complemento por incapacidad temporal.
Disposición adicional primera de la Ley 5/2010, de 27 de diciembre, de medidas extraordinarias para la sostenibilidad de las finanzas públicas. · BOE-A-2011-10541
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-03-01.
Texto consolidado
Con efectos de 1 de febrero de 2011 será de aplicación lo establecido en la disposición adicional segunda del Decreto Legislativo 1/2001, de 26 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Función Pública de la Región de Murcia, que regula el complemento por incapacidad temporal.