Artículo 46. Normas sobre determinados aspectos del régimen retributivo de los Altos Cargos.
Artículo 46 de la Ley 5/2010, de 27 de diciembre, de medidas extraordinarias para la sostenibilidad de las finanzas públicas. · BOE-A-2011-10541
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-06-30.
Texto consolidado
1. Con efectos de 1 de enero de 2011 los altos cargos dejarán de percibir las indemnizaciones por razón del servicio establecidas en el párrafo segundo del artículo 2 del Decreto 69/1997, de 10 de octubre.
2. El Consejo de Gobierno aprobará un decreto sobre el régimen de las comisiones de servicio de los altos cargos, excepto miembros del Consejo de Gobierno, y que regulará, asimismo, el del personal directivo de las entidades integrantes del sector público regional.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 3 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2013-1790.
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