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Ley Vigente

Disposición adicional primera. Seguimiento de objetivos.

Disposición adicional primera de la Ley 41/1994, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1995. · BOE-A-1994-28967

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1995-01-20.

Texto consolidado

Los programas y actuaciones a los que les será de especial aplicación durante 1995 el sistema previsto en la disposición adicional decimosexta de la Ley 37/1988, serán, cualquiera que sea el agente del sector público estatal que los ejecute o gestione, los siguientes:

Centros e Instituciones Penitenciarias

Tribunales de Justicia y Ministerio Fiscal.

Seguridad Vial.

Atención Primaria a la Salud, INSALUD gestión directa.

Educación Infantil y Primaria

Educación Secundaria, Formación Profesional y Escuelas Oficiales de Idiomas.

Gestión e infraestructura de Recursos Hidráulicos.

Infraestructura del Transporte Ferroviario.

Creación de Infraestructura de Carreteras.

Mejora de la Infraestructura Agraria.

Investigación Científica.

Investigación Técnica.

Investigación y Desarrollo Tecnológico

Escuelas Taller y Casas de Oficios.

Infraestructura de Aeropuertos y de la Circulación Aérea.

Infraestructura Portuaria.

Formación Profesional Ocupacional.

Promoción de la Mujer

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1995-01-20.

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