Disposición adicional primera. Actuaciones para la información, y avisos de alerta y alarma en protección civil.
Disposición adicional primera de la Ley 4/2024, de 28 de junio, del Sistema de Protección Civil y Gestión de Emergencias de Aragón. · BOE-A-2024-15350
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-07-12.
Texto consolidado
Las actuaciones para la implantación de las medidas de seguridad previstas en los planes de protección civil serán declaradas de utilidad pública e interés social. Los terrenos y bienes necesarios para el establecimiento de las instalaciones de la Red de Información, Alerta y Alarma de Protección Civil de Aragón a los efectos de la expropiación forzosa también serán declaradas de utilidad pública.
Los instrumentos urbanísticos de planeamiento municipal deberán incorporar las previsiones de localización para albergar las instalaciones necesarias de la Red de Información, Alerta y Alarma de Protección Civil de Aragón.