Disposición adicional primera. Plazos de resolución de los procedimientos de otorgamiento de autorización de los establecimientos previstos en el artículo 10.
Disposición adicional primera de la Ley 4/2017, de 3 de octubre, de protección y bienestar de los animales de compañía en Galicia. · BOE-A-2017-12357
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-01-11.
Texto consolidado
La resolución expresa de los procedimientos administrativos relativos a la solicitud de otorgamiento de las autorizaciones de los establecimientos del artículo 10 deberá ser notificada en el plazo máximo de seis meses desde la fecha en la que la solicitud tuviera entrada en el registro.