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Ley Vigente

Disposición adicional primera. Denominación de cordel.

Disposición adicional primera de la Ley 3/2014, de 11 de julio, de la Generalitat, de Vías Pecuarias de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2014-8279

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-07-18.

Texto consolidado

Las clasificaciones actuales que utilicen la denominación de cordel para vías pecuarias cuya anchura no sea superior a 20 metros pasarán a denominarse vereda o azagador.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-07-18.

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