Disposición adicional primera. Modificación de la Ley 18/1996.
Disposición adicional primera de la Ley 25/2002, de 25 de noviembre, de Medidas de apoyo al regreso de los catalanes emigrados y sus descendientes, y de segunda modificación de la Ley 18/1996. · BOE-A-2002-25141
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-12-25.
Texto consolidado
Se modifica el artículo 4.a) de la Ley 18/1996, que queda redactado del siguiente modo:
«a) Las personas residentes fuera del territorio de Cataluña, sus cónyuges y descendientes, a los que se refiere el artículo 6 del Estatuto de autonomía de Cataluña, así como las personas que son miembros de una unión estable de pareja con personas residentes fuera del territorio de Cataluña.»
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- Ver la norma completa: Ley 25/2002, de 25 de noviembre, de Medidas de apoyo al regreso de los catalanes emigrados y sus descendientes, y de segunda modificación de la Ley 18/1996.