Disposición adicional primera. Comisión paritaria para la coordinación y cooperación bilateral.
Disposición adicional primera de la Ley 2/2019, de 31 de enero, de delegación de competencias al Consejo Insular de Mallorca de las facultades que, como administración gestora, ejerce ahora la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en relación con el Museo de Mallorca. · BOE-A-2019-2863
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-02-03.
Texto consolidado
Se creará una comisión paritaria, como órgano permanente de coordinación y cooperación bilateral entre la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears y el Consejo Insular de Mallorca, de la que formarán parte los consejeros competentes en materia de cultura y dos técnicos de las administraciones autonómica e insular para deliberar sobre los asuntos de interés común en el ejercicio mutuo de las atribuciones que corresponden a cada una de conformidad con lo que dispone esta ley.
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