Disposición adicional segunda.
Disposición adicional segunda de la Ley 2/2019, de 31 de enero, de delegación de competencias al Consejo Insular de Mallorca de las facultades que, como administración gestora, ejerce ahora la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en relación con el Museo de Mallorca. · BOE-A-2019-2863
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-02-03.
Texto consolidado
De las transferencias que haga el Estado a la comunidad autónoma en virtud de los convenios citados en los artículos 2 y 4 de esta ley, la comunidad autónoma transferirá al Consejo Insular de Mallorca el porcentaje correspondiente a la gestión del Museo de Mallorca.
Más artículos de Ley 2/2019
- ← Disposición adicional primera. Comisión paritaria para la coordinación y cooperación bilateral.
- → Disposición adicional tercera.
- Ver la norma completa: Ley 2/2019, de 31 de enero, de delegación de competencias al Consejo Insular de Mallorca de las facultades que, como administración gestora, ejerce ahora la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en relación con el Museo de Mallorca.