Disposición adicional primera. Integración de registros.
Disposición adicional primera de la Ley 2/2019, de 1 de marzo, de calidad alimentaria, calidad diferenciada y venta directa de productos alimentarios. · BOE-A-2019-5481
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-03-28.
Texto consolidado
Los registros de envasadores de vinos y de embotelladores de otras bebidas alcohólicas distintas del vino se integrarán en el Registro de Operadores Alimentarios del Principado de Asturias, regulado en el artículo 8 de esta ley.