Disposición adicional primera. Carta de Servicios de los museos y de los centros de interpretación.
Disposición adicional primera de la Ley 2/2014, de 8 de mayo, de Museos de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2014-10665
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-06-17.
Texto consolidado
La Dirección General competente en materia de museos elaborará la Carta de Servicios de las Instituciones Museísticas de titularidad de Castilla-La Mancha y de los de titularidad estatal gestionados por la Comunidad Autónoma.