Artículo 65. Órganos sancionadores.
Artículo 65 de la Ley 2/2014, de 8 de mayo, de Museos de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2014-10665
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-06-17.
Texto consolidado
La imposición de las multas previstas en esta ley corresponde a los siguientes órganos y autoridades:
a) La persona titular de la Dirección General competente en materia de museos: sanciones de hasta 1.500,00 euros.
b) La persona titular de la Consejería competente en materia de museos: sanciones entre 1.500,01 euros y 15.000 euros.
c) El Consejo de Gobierno: sanciones superiores a 15.000 euros.