Disposición adicional primera. Inventarios de patrimonio cultural inmaterial de los consejos insulares.
Disposición adicional primera de la Ley 18/2019, de 8 de abril, de salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial de las Illes Balears. · BOE-A-2019-6703
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-04-14.
Texto consolidado
Durante el primer año, a contar desde la entrada en vigor de esta ley, los consejos insulares elaborarán o actualizarán el inventario del patrimonio cultural inmaterial de su territorio, con la colaboración de la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears.