Disposición adicional segunda. Fiestas de Interés Cultural.
Disposición adicional segunda de la Ley 18/2019, de 8 de abril, de salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial de las Illes Balears. · BOE-A-2019-6703
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-04-14.
Texto consolidado
Las manifestaciones declaradas Fiestas de Interés Cultural mediante la Ley 1/2002, de 19 de marzo, de cultura popular y tradicional de las Illes Balears, pasan a tener la consideración de Bienes de Interés Cultural Inmaterial (BICIM) y deberán inscribirse de oficio en los registros correspondientes.